El abandono de los cadáveres de animales en solares baldíos o la propia calle se sanciona con una multa de 13 mil pesos equivalente a 150 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) así mismo por defecar y permitir que tomen agua de las fuentes es de mil 737 pesos que son 20 UMAS.
Lo anterior de acuerdo al reglamento que la Dirección de Ecología tiene y que debe aplicarse a partir del próximo año, por parte de la Policía Ecológica de acuerdo a las facultades que le han conferido.
El artículo XXII destaca; quien abandone cadáveres de animales de toda especie, sobre cualquier clase de terrenos, su inhumación en propiedad pública es de 150 UMAS.
Mientras que el XXIII, señala; permitir los dueños de los animales que estos beban de las fuentes públicas, así como pasten, defequen o causen daños en los jardines y áreas verdes o cualquier otro lugar público la sanción es de 20 UMAS.
También habrá sanciones de 20 UMAS para las personas que permitan que sus animales defequen en la vía pública y no limpien, y de 150 UMAS de los animales que vagabundeen libren en perjuicio de la ciudadanía.