Anularon sentencia al asesino de Colosio

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Por: RedacciónFecha: 10/08/2023 10:30 A.M.

El asesino confeso de Luis Donaldo Colosio, podría quedar libre en marzo próximo, al cumplirse 30 años del magnicidio.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, con sede en Toluca, Estado de México, declaró inválida la sentencia de 45 años de prisión que Mario Aburto Martínez recibió en diciembre de 1994. Nueve meses antes, el 23 de marzo, había disparado a quemarropa contra el entonces candidato presidencial del PRI, luego de estar en un mitin en la colonia Lomas Taurinas, en Tijuana, Baja California.

De acuerdo con el amparo directo 104/2021, concedido por el Tribunal, la condena contra el magnicida fue fijada con base en el Código Penal Federal y no en el Código Penal de Baja California, cuya pena máxima en esos tiempos por homicidio calificado, con premeditación y alevosía, era de 30 años de cárcel, mismos que Mario Aburto cumple en marzo próximo, ya que fue detenido el mismo día de los hechos.

La resolución señala que al emitir la sentencia de prisión por 45 años, "hubo una inadecuada defensa en su vertiente material y el juzgador natural omitió recabar diversas pruebas", además de que no se establecieron las razones para que, en su momento, el caso fuera analizado en el fuero federal.

En los próximos meses, el juez de la causa deberá dar a conocer la nueva condena. Para el abogado penalista Rubén Magaña Ambriz, socio de la firma Smma Abogados, la FGR no tendrá bases para impugnar el amparo del Tribunal Colegiado.

En 2021, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos había solicitado reabrir el caso contra el asesino del candidato presidencial, al señalar que luego de su captura fue víctima de torturas por agentes de la ley y funcionarios penitenciarios.

El 23 de marzo de aquel año, Aburto asesinó al aspirante del tricolor en Lomas Taurinas, Tijuana, Baja California, y en diciembre fue sentenciado a la luz del Código Penal Federal y no del Código Penal del Estado de Baja California, entidad en la que se cometió el asesinato.

El amparo directo 104/2021, concedido por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de Toluca, invalidó la condena de 45 años de prisión que pesa sobre Aburto.

Tras analizar un amparo promovido por la defensa de Aburto, los magistrados determinaron que fue indebido que el homicidio se hubiera juzgado bajo los términos del código federal, y que en ese entonces el código penal del estado establecía de 16 a 30 años como pena máxima para el delito de asesinato.

Durante la resolución del Tribunal Colegiado, el magistrado Rubén Arturo Sánchez y el secretario en funciones de magistrado Luis Alberto Castro Velázquez; además del voto particular en contra del magistrado José Pablo Pérez Villalba, se determinó que se emita una nueva resolución, en la que se determine la pena por el delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía contemplada en el código penal de Baja California.

Ante ello, Aburto podría quedar libre el 23 de marzo de 2024; sin embargo, falta la resolución del juzgador y si la FGR no se inconforma ante lo emitido por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito.

El colegiado concedió un amparo a efectos a Mario Aburto, quien tuvo una violación a su proceso. La autoridad responsable habrá de dar vista al Ministerio Público de su adscripción con las manifestaciones de tortura.

"Lo cierto es que existen otras pruebas que el Tribunal Colegiado de Apelación debe de tomar en consideración para resolver acerca de los delitos o la responsabilidad penal del quejoso en su comisión, de manera que la exclusión probatoria derivada de posibles actos de tortura no se traduciría en un potencial beneficio para el quejoso ante la existencia de un cúmulo probatorio que de ser apto para demostrar los extremos de la condena", se lee en la sentencia.

De acuerdo con el fallo, al abrir la carpeta de investigación, el MP no pidió la integración del expediente a la entonces Procuraduría de Justicia de Baja California por el delito de homicidio. Según el fallo, Mario Aburto no tuvo una defensa apegada a derecho y el juez de inicio (hoy Control), omitió pruebas presentadas por la defensa, de tal manera que no se le dio un proceso justo al inculpado.

La sentencia del Tribunal Colegiado exhortó al Tribunal de Apelación a analizar las pruebas y reparar los daños causados contra el acusado directo del homicidio de Luis Donaldo Colosio.

Desde 2019, el presidente Andrés Manuel López Obrador le pidió a Gobernación revisar el caso de Aburto.

Algo que destaca la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado es la posible fabricación de pruebas en contra de Mario Aburto; sin embargo, reconoce que no es el tema central de estudio.