Habrá una Superprofeco

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Por: RedacciónFecha: 09/17/2024 09:19 A.M.

El senador Ricardo Sheffield impulsa una reforma legal para que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tenga un poder inédito, al grado de sancionar a los médicos y a las instituciones financieras, cuya vigilancia y regulación está ahora asignada a otras instancias federales, por lo que plantea desaparecer la Conamed y la Condusef.

"Para los efectos de esta ley se considerarán proveedores de servicios, a los prestadores de servicios médicos, las instituciones de salud de carácter privado o social, así como los profesionales, técnicos y auxiliares que ejerzan libremente cualquier actividad relacionada con la práctica médica. "Los consumidores de un servicio médico son las personas que solicitan, requieren u obtienen dicho servicio de los prestadores de servicios médicos para proteger, promover y restaurar su salud física o mental. La Procuraduría reglamentará el procedimiento de atención de los servicios especializados de atención médica, para conciliar conflictos derivados de alguna de las causas que se mencionan: a) probables actos u omisiones derivadas de la prestación del servicio, y b) probables casos de negligencia o impericia con consecuencia sobre la salud del usuario", dice la propuesta.

De esta manera, la Comisión Nacional de Arbitraje Médico se queda sin materia, por lo que deberá desaparecer, plantea el senador.

Además ordena que "cada institución deberá contar con una Unidad Especializada, supervisada por la Procuraduría (Profeco), que tendrá por objeto atender reclamaciones de los consumidores. Dicha unidad se sujetará a lo previsto en las disposiciones reglamentarias que para efecto emita la Procuraduría. "La presentación de reclamaciones ante la Unidad Especializada suspenderá la prescripción de las acciones a que pudiera dar lugar.

"Las instituciones deberán informar mediante avisos colocados en lugares visibles de todas sus sucursales la ubicación, horario de atención y responsables de la Unidad Especializada. Los usuarios podrán, a su elección, presentar su consulta o reclamación ante la Unidad Especializada de la Institución Financiera de que se trate o ante la Procuraduría", dice.

Incluye disposiciones para las sanciones de las instituciones financieras, como una multa de 250 a tres mil días de salario, a la institución "que no registre o no constituya la reserva técnica específica para obligaciones pendientes"; que no acredite o no acredite en tiempo haber registrado el pasivo contingente o la Constitución e inversión de la reserva técnica específica para obligaciones pendientes de cumplir".

Una multa de 500 a dos mil días de salario, "a la institución que cobre cualquier comisión que no se haya reportado a la Procuraduría para su inserción en la Base de Datos de las Comisiones que cobren las instituciones, previstas en esta ley. "Multa de 500 a dos mil días de salario, a la institución que celebre cualquier convenio por el que se prohíba, o de cualquier manera se restrinja a los consumidores celebrar operaciones o contratar a otra institución", resalta. Incluye el agravante de que en caso de reincidencia las multas se duplicarán y se ordenará "arresto administrativo hasta por 36 horas".