La Ley Silla, la cual busca garantizar el descanso de los trabajadores que laboran de pie durante su jornada, ya fue aprobada por la Cámara de Senadores y desacatarla implica sanciones que superan los 25 mil pesos.
De acuerdo con el dictamen votado, la modificación prohibirá a los empleadores obligar a sus trabajadores a permanecer parados durante todo el turno que hayan acordado durante la contratación, esto con los cambios a los artículos 132, 133, 422 y 423 de la Ley Federal del Trabajo.
En los argumentos destacaron los riesgos para la salud que pueden desarrollarse cuando los empleados duran más de 7 horas de pie. La exposición prolongada a esta posición estática ha sido asociada con problemas como la fatiga y dolores musculares hasta la insuficiencia venosa, tendinitis, surgimiento de várices, lesiones en rodillas, lumbalgia y fascitis plantar.
Además, la falta de movimiento continuo puede contribuir a una mayor probabilidad de desarrollar enfermedades cardiovasculares y otras complicaciones relacionadas con la postura.
La iniciativa Ley Silla propone modificar artículos de la Ley Federal del Trabajo, que establecen cuáles son las obligaciones que deben cumplir los patrones, con el objetivo principal de garantizar que tengan acceso a sillas en su lugar de trabajo y prohibir que las empresas nieguen a sus empleados el derecho a sentarse.
El proyecto plantea que dicha condición sólo podrá limitarse cuando la naturaleza del trabajo implique riesgos a la seguridad e integridad de las personas trabajadoras, derivados de tomar asiento durante el desarrollo de la función laboral.
Además, prohíbe obligar a los y las trabajadoras a permanecer de pie durante la totalidad de su jornada y, en el caso de funciones incompatibles, prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.
En ese sentido, la iniciativa propone definir un reglamento interior de trabajo en donde se estipulen períodos obligatorios de reposo durante la jornada y normas que regulen el derecho de las y los trabajadores para usar los asientos o sillas con respaldo durante su trabajo.
La Ley Silla plantea que el incumplimiento de dicha obligación se sancione con una multa que va de 250 a dos mil 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), y que en caso de reincidencia y a juicio de la Inspección Laboral, se pueda ordenar la suspensión temporal de las actividades.
Es decir, la sanción podría ser el pago de 25 mil 935 a 259 mil 350 pesos.
La propuesta Ley Silla ordena que los reglamentos internos de las empresas regulen este nuevo derecho y que tendrán un año para adecuarse y dar cumplimiento con este ordenamiento.
Después de ese período, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá máximo 60 días para inspeccionar que se acate esta disposición.
Ahora, la reforma que fue aprobada por unanimidad de 82 votos; ha sido turnada a la Cámara de Diputados para su dictaminación.