Está prohibido vender o suministrar bebidas alcohólicas a personas en estado de ebriedad, que muestren signos de dependencia alcohólica o que se encuentren bajo el efecto de psicotrópicos, esta medida aplica desde el pasado 4 de septiembre.
Tampoco se debe prestar servicios en estado de ebriedad, con aliento alcohólico, consumiendo bebidas alcohólicas o bajo el influjo de drogas, enervantes o cualquier otro psicotrópico.
Esto aplica en todos los establecimientos considerados en la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado de San Luis Potosí.
En casos de que el servidor público reciba, exija o solicite compensaciones, gratificaciones, prebendas o emolumentos por expedir licencias o por agilizar los trámites, omitir verificaciones, simular o declarar datos falsos que favorezcan al interesado en el acta de inspección, será suspendido temporalmente del puesto que desempeñe y sancionado acorde con la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios.