Diario Regional El Mañana De Valles
Mayor vigilancia en las adopciones

Mayor vigilancia en las adopciones

Diputado Cándido Ochoa presentó la iniciativa


El diputado Cándido Ochoa Rojas, presentó una iniciativa de reforma para el otorgamiento de un documento con vigencia en la etapa de pre-adopción, a otorgarse por el DIF a través de la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Asimismo, establece la reforma a la Ley de los Derechos de Nin~as, Nin~os y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, la intervención periódica que sea por lo menos cada mes mediante personal de trabajo social y psicología, a fin de que constaten el entorno en el que vive el menor y su adaptación con la nueva familia.

El tra´mite de adopcio´n de un nin~o, nin~a o adolescente, consagra una etapa previa que se denomina de pre-adopcio´n, contemplada en el arti´culo 28, cuya modificacio´n se plantea. La razo´n esencial es darle facultades a la autoridad, para que se otorgue un documento con vigencia en esa parte del procedimiento de adopcio´n, a fin de que se determine esa calidad al solicitante de adopcio´n durante el período de tiempo previo a la declaracio´n de adopcio´n, toda vez que en la actualidad existe un vaci´o al respecto.

Señala el Legislador que si bien es verdad que la actual redaccio´n de este arti´culo establece que la Procuraduri´a de Proteccio´n debera´ dar seguimiento a la convivencia, con el fin de prevenir o superar las dificultades que se puedan presentar, sin embargo es omiso este numeral en precisar la periodicidad con que deba realizarse ese seguimiento, al igual que tampoco nada dice de la intervencio´n de personal de trabajo social y psicologi´a, ni mucho menos que ello sea respecto de la adaptacio´n del menor a su nueva familia, sino que sen~ala que se debe dar seguimiento para superar las dificultades que se puedan presentar.

El legislador Ochoa Rojas dijo que se propone la necesidad del otorgamiento de un documento con vigencia en la etapa de pre-adopcio´n, a otorgarse por el DIF a trave´s de la Procuraduri´a de Proteccio´n de los Derechos de Nin~as, Nin~os y adolescentes; asimismo la intervencio´n perio´dica que sea por lo menos cada mes mediante personal de trabajo social y psicologi´a, a fin de que constaten el entorno en el que vive el menor y su adaptacio´n con la nueva familia.

“De esta manera se estara´ atendiendo dos extremos, uno que tiene que ver con la certeza legal que ha de otorgarse al adoptante, durante el tra´mite, previo a la adopcio´n y otro que tiene que ver con el bienestar del menor objeto de la adopcio´n, tanto en lo que ve a su adaptacio´n a la nueva familia como al entorno en el que se le tiene, que debe ser de su bienestar”.

El artículo 28 establecerá que “la Procuraduri´a de Proteccio´n, una vez que se haya autorizado la asignacio´n de nin~as, nin~os o adolescentes bajo la figura de acogida pre-adoptiva, otorgara´ al solicitante de adopcio´n una constancia, con vigencia del período de pre-adopcio´n; tiempo en el que realizara´ mensualmente visitas con personal de trabajo social y psicologi´a, para constatar la adaptacio´n del menor a su nueva familia, asi´ como las condiciones del entorno y de bienestar en que se le tenga, constancias que se agregara´n al expediente respectivo”.

La iniciativa se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis.


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