Diario de las huatecas
Regidores demandan a Presidente Municipal

Regidores demandan a Presidente Municipal

Dieron tres días hábiles para que se presente ante el Órgano Jurisdiccional.


Redacción

Los regidores del Ayuntamiento de Tepehuacán de Guerrero, Rosana González Muñoz, Mónica Víctor González, Benito Márquez, Manuel, Javier Bautista Campos, y Anastasia Hernández Hernández, manifestaron que preocupados por

hacer la vida pública del municipio de Tepehuacán, cada vez más pública, clara y Transparente, hacen algunas precisiones.

Al respecto, emitieron un informe en el que dieron a conocer los siguientes puntos.

Nunca nos hemos negado a cumplir con nuestras obligaciones impuestas por la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos en su artículo 115; y de la Constitución del Estado de Hidalgo, de la Ley Orgánica Municipal, de otras leyes, y reglamentos vigentes.

Entendidos de que, para el ejercicio de nuestras funciones consagradas por las leyes, requerimos que el Presidente Municipal Juan Viggiano Austria, nos entregue información comprensible, clara, fácilmente entendible, útil, pertinente y confiable, cosa que no ha sucedido.

Visto lo anterior, nos vimos precisados en demandar por la vía Electoral el JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO ELECTORALES, radicándose bajo el número TEEH-JDC-150/2021.

Emplazado que fue el Presidente Municipal, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, entre otras cosas, ordenó que se hiciera del conocimiento de los Terceros Interesados mediante Cédula que fue fijada en los estrados de las oficinas de la autoridad señalada como responsable,  otorgando un plazo de 3 tres días hábiles contados a partir de la notificación del acuerdo, a efecto de que las personas que puedan resultar afectadas se encuentren en la posibilidad de presentarse ante ese Órgano Jurisdiccional a deducir lo que a su derecho convenga.

También le ordenó que, en el plazo de tres días hábiles, fuera remitida físicamente a esa autoridad, INFORME CIRCUNSTANCIADO, anexando la información, documentos, notificaciones o medios de convicción que obren en su poder, que favorezcan a la resolución del juicio y que se relacionen con el presente medio de impugnación.

En un acto de desesperación y opacidad, por medios electrónicos nos hizo llegar unos documentos de los que ignoramos su contenido, pues se encuentran encriptados, en conciencia de que nosotros los Regidores carecemos de conocimientos fundamentales en teoría de computación, algoritmos y estructuras de datos.

Por todo lo anterior hacemos del conocimiento del Pueblo de Tepehuacán que no queremos adelantar información que no resulte veraz. Pues estamos en espera de que se cumpla con lo ordenado por el Tribunal Electoral Local. Expresaron.

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