Aborto legal en San Luis
Juzgado Federal declaró inválidos varios artículos del Código Penal estatal y la Constitución local
La Colectiva ILE anunció una significativa victoria en la lucha por los derechos reproductivos, luego de que el Juzgado Tercero de Distrito del Noveno Circuito emitiera, el pasado 23 de septiembre, una sentencia que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo en San Luis Potosí, dentro de las primeras 12 semanas de gestación. Esta resolución deriva del amparo promovido bajo el expediente 765/2024, en el que se declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal estatal y la Constitución local.
Las activistas destacaron la participación de los abogados del Colectivo Praxis Combativa, quienes acompañaron el proceso judicial, el cual se mantuvo en curso a pesar del paro del Poder Judicial Federal, al ser considerado un caso urgente conforme a la circular 16/2024 del Consejo de la Judicatura Federal. La sentencia invalida los artículos 148, 149, y 150 del Código Penal, así como el artículo 16 de la Constitución local, y ordena al Congreso estatal su derogación, lo que representa un avance significativo en la protección de los derechos de las mujeres y personas gestantes.
Este fallo se suma a una decisión previa del Tribunal Electoral del Estado que obliga al Congreso a dictaminar una iniciativa ciudadana presentada por la Colectiva ILE antes del 26 de noviembre. Ambas resoluciones garantizan el acceso a los derechos reproductivos en la entidad. Sin embargo, las activistas subrayaron que aún falta implementar las reformas necesarias en la Ley de Salud para asegurar la accesibilidad, calidad y educación sobre la interrupción voluntaria del embarazo.
Finalmente, la Colectiva ILE y Praxis Combativa ofrecieron asesoría judicial gratuita para garantizar el acceso a este derecho, mientras se implementan los cambios legislativos y se informa al sector salud de estas modificaciones.