Diario Regional El Mañana De Valles
Legal el aborto

Legal el aborto


La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional, por primera vez, penalizar a mujeres víctimas de violación que abortan después de los primeros meses del embarazo, como todavía está previsto en los códigos penales de 10 estados.

La Primera Sala de la Corte falló, por unanimidad, contra el Artículo 181 del Código Penal de Chiapas, que no sanciona el aborto en casos de violación, pero sólo si se practica en los 90 días posteriores a la concepción.

La Corte revisó el amparo promovido a nombre de una menor de edad con parálisis cerebral que fue violada, y a la que el Hospital General de Tapachula le negó la práctica de un aborto en octubre de 2018.

"El Estado no puede obligar a la mujer víctima de una violación a asumir sacrificios en su persona, como lo es continuar con un embarazo, y a ofrendar sus propios derechos en beneficio de terceros o del interés general", afirmó la Corte.

"Establecer una limitación temporal para que no se le aplique la sanción del delito de aborto, desconoce la naturaleza de las agresiones sexuales y las afectaciones a la salud mental que éstas generan en las víctimas de los delitos sexuales, las cuales muchas veces, por la naturaleza traumática de los actos de violencia que les generan y por la estigmatización social que el simple hecho de manifestarlo les crea, no se atreven a mencionarlo ni a denunciarlo ante las instancias ministeriales".

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