
Prohíben las bebidas energizantes
La Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad, una sanción económica a quienes vendan bebidas energizantes a menores de edad en México. Con 401 votos a favor de todas las bancadas, se avaló modificar la Ley General de Salud para imponer una multa equivalente a 2 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que representa 226 mil 280 pesos en 2025.
De acuerdo con el dictamen, las bebidas energizantes son aquellas no alcohólicas adicionadas con cafeína, taurina, glucuronolactona, tiamina u otras sustancias que produzcan efectos estimulantes similares. Con la reforma, además de sancionar su venta a menores, se crearán categorías en la Norma Oficial Mexicana para regular su publicidad, establecer restricciones de consumo en determinadas poblaciones y emitir alertas sanitarias.
La propuesta se encuentra en línea con las medidas internacionales que ya aplican en otros países, donde el consumo de estos productos entre adolescentes y jóvenes ha sido restringido debido a los riesgos para la salud asociados a su ingesta excesiva.
El artículo 419 de la Ley General de Salud será la base para aplicar la multa. En caso de reincidencia, el monto podría aumentar de acuerdo con la actualización anual de la UMA, lo que haría que la sanción fuera aún más elevada en los próximos años.
Aunque la reforma ya fue avalada en la Cámara de Diputados, todavía debe pasar por el Senado de la República, donde fue turnada el 30 de septiembre. Si se aprueba, será enviada a la presidenta Claudia Sheinbaum para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y, con ello, entrar en vigor.
Con estas modificaciones, México busca alinearse con los estándares internacionales y reforzar la protección de la salud de los menores de edad, al restringir el acceso a productos que generan dependencia y afectan el sistema nervioso.